domingo, 6 de septiembre de 2015

JAMÁS LE DIERON BOLILLA A LA CIDH

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Este relato cierra la trilogía acerca de los tropiezos y complicidades en el propio seno de la CIDH, dependiente de la OEA, para elaborar un informe consistente y a la altura de la tragedia paraguaya, sobre la situación de los derechos humanos en el Paraguay en mayo de 1977. El Informe CIDH sobre Paraguay, fue aprobado en su sesión número 58, del 26 de mayo de 1977 (OEA/Ser.L/V/II.41, doc.5 rev. 1, 27 mayo 1977, Original: español, RESERVADO), asentando denuncias con más de diecisiete años de retraso, desde los primeros períodos de sesiones, en los inicios mismos de 1960.
Los tropiezos no se acotaron a la acción de los jerarcas de la dictadura tanto en el Paraguay como en la misión permanente del Paraguay ante la OEA, sino también, a la acción condescendiente de varios estados representados ante el propio organismo, en retrasar y minimizar lo que todo el mundo venía gritando, la extrema gravedad de los derechos humanos en el Paraguay de Stroessner. A la sazón, el fiel aliado en la lucha anticomunista del sur del continente americano.
Esta condescendencia, por lo menos, dio un viraje, cuando la política exterior del gobierno norteamericano viró, desde los inicios de la administración de James Carter, jamás antes. Mientras varios estados latinoamericanos caían uno tras otro en dictadura.
Este informe demostró la impotencia sistemática durante años de la Comisión para investigar a fondo y forzar a la dictadura paraguaya a detenerse en forma urgente. Y aunque aportó una lista de conclusiones pertinentes como era de esperar luego de tantos años de acumulación de denuncias, cometió el mismo error repetido cansinamente todos los años anteriores y que seguiría incluso repitiendo más adelante. Mantener la extrema reserva, presentando una “tablita de recomendaciones no vinculantes a sanción o reglamentación alguna”, que por tanto, le permitió a la dictadura, jamás darle la más mínima importancia. El escaso nivel de los representantes dictatoriales paraguayos (pyragüés y propagandistas), enviados a estas instancias internacionales así lo indica.
Este desplante de la dictadura “amiga”, no disparó consecuencias negativas para el status de condescendencia del sistema interamericano durante toda la guerra fría. Los jerarcas se pasearon por el sistema interamericano, y hasta usaron su permanencia dentro del mismo, como un reconocimiento implícito del régimen. Algunos estados, se lo permitieron en forma abierta, otros en forma encubierta.
El informe de la CIDH, en su capítulo VIII, de las conclusiones y recomendaciones inició así: “En la República del Paraguay existe un orden de cosas conforme al cual la gran mayoría de los derechos humanos reconocidos por la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y por otros instrumentos de la índole, no solamente no son respetados en forma concordante con los compromisos internacionales adquiridos por ese país, sino que de su violación se ha hecho un hábito constante”. La historia nos demostró, que este estado de morosidad fue permanente por parte de la dictadura paraguaya. Y al no existir consecuencias políticas o jurídicas de ningún tipo, ésta fue la modalidad heredada por gran parte de los gobiernos de la llamada transición paraguaya, desde 1989 en adelante, y hasta la actualidad en pleno 2015. La regla no escrita, ha consistido en que el estado paraguayo, fingió cumplir estándares y compromisos, haciendo todo lo contrario en la realidad. Mientras, fueron y vinieron informes. Todo quedó en papeles reservados.
Pero siguen las conclusiones del Informe CIDH de 1977: “...el silencio del gobierno paraguayo ante las numerosas observaciones y recomendaciones que le ha formulado la Comisión a lo largo de los años, le permiten a ésta afirmar que al amparo del régimen de estado de sitio, vigente ininterrumpidamente allí por espacio de más de 30 años, se ha incurrido en graves y numerosos actos de violación a los derechos humanos fundamentales”. Fue una historia de morosidad sistemática, acompañada del otro lado, de condescendencia también sistemática.
Finalizó el informe, con una expresa solicitud de levantar el estado de sitio, o bien, que el mismo fuera aplicado observando los derechos fundamentales de las personas; de aplicación del recursos del “Habeas corpus”; la puesta en libertad de las personas detenidas por el estado de sitio; la asistencia a detenidas con hijos; el castigo de aquellas autoridades que incurrieran en abusos y crueldad con detenidos; la protección a abogados y jueces. Obviamente, ninguna de estas recomendaciones reservadas, fueron cumplidas a cabalidad por la dictadura. No le dieron ni cinco. Ese temperamento moroso en derechos humanos, se ha transformado en cultura antidemocrática. Hasta muestros días.

Federico Tatter
10 de agosto de 2015. Asunción del Paraguay.
Relato corregido por Eugenia de Amoriza. Muchas Gracias.

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