viernes, 2 de enero de 2015

SONADO CASO DE LOS 38

Mientras el Príncipe Persa Azod, obtenía casi 75 mil hectáreas de tierra del Chaco paraguayo, “sin sudar una gota”, sin haber vivido nunca en el Paraguay, el campesinado paraguayo vivió un real Vía Crucis.
El 23 de febrero de 1982, el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital, informó a sus superiores de un espeluznante hallazgo. Habían desbaratado una misteriosa célula comunista de orientación maoísta, que filtró a la prensa, como el “Caso Pro Chino” o “Caso de los 38”. He aquí el relato.
Todos los ataques policiales del caso, fueron en realidad secuestros, donde mantuvieron a los detenidos arbitrarios largo tiempo incomunicados, y a disposición de torturadores profesionales que les hicieron decir lo que querían que se dijese. Como un guion para los medios o para el cine. Todo estaba listo. ¡Luz, cámara, acción!
Antes que a algún Juez o Fiscal, el Departamento de Investigaciones cortó por lo sano, y fue a lo suyo, “armar casos”. Con gran despliegue mediático, dio aviso público en rutilante conferencia de prensa, el 15 de marzo de 1982, un mes después de los secuestros, de la existencia de un terrible plan subversivo, con la presentación para las fotos, para los grandes titulares y portadas, a los supuestos responsables “en fila, identificados y uniformados con pijamas”. Todo ya estaba escrito y firmado. ¡A rodar!
Desde la oficina de Pastor Coronel, incluso abundaron en detalles para facilitar la historia, para ayudar por dónde “venderla” al público. Dijeron que habría más detenciones, que habría mayores hallazgos, presentes y futuros. Pero las víctimas fueron finalmente 38, en su mayoría varones, habiendo también mujeres, que permanecieron cautivos, por casi cinco años.
Los secuestrados, luego de semanas de torturas y exposición mediática (deberíamos decir correctamente, después de un buen “fusilamiento mediático”, después de haber sido “descuartizados en la prensa”, más que culpables, sin haber tocado un estrado judicial), fueron trasladados de Investigaciones a la Agrupación Especializada, y recién en junio de 1982, cuatro meses después, fueron derivados a la justicia ordinaria de la dictadura para un tratamiento “Fast track”, para darle firma a la condena previa policial y mediática. La misma se comportó adicta y contestes al deseo represivo: forma rápida, barata, contundente y sin chistar, resolvió el traslado de los detenidos arbitrarios al Penal de Tacumbú y la Casa del Buen Pastor, para varones y mujeres respectivamente. Fueron procesados y condenados velozmente y “de taquito” con una única herramienta: la indagatoria policial extraída en las cámaras de tortura de Investigaciones.
En la Casa del Buen Pastor, antes de cumplir toda su condena, falleció Leónidas Bogado Viuda de González, una de las secuestradas, por las torturas recibidas en Investigaciones y por las extremas condiciones de cautiverio, así como por la falta de auxilio médico del Policlínico Rigoberto Caballero, estando sus hijos igualmente detenidos en esas mazmorras.
Todo era extraordinariamente fácil y a pedir de boca. Todo estaba bien armado. Todo estaba bien vendido y manipulado a través de la prensa, como un éxito más de la taquilla represiva. Era la paz de Stroessner. Era la única verdad revelada. No se pregunte más. Ni se pregunte tan siquiera.
A nivel judicial, las víctimas fueron sentenciadas por los Jueces Orlando Luraghi y Anselmo Aveiro por violación de la Ley 209/70 y otros delitos. Sentencia confirmada luego en segunda instancia por otros jueces, todos, a pies puntillas contestes con los informes y deseos de Pastor Coronel, quien siquiera citada delito alguno, más allá de hacer referencias difusas, donde todo se podía resumir en delito de organizarse, editar, imprimir y leer un volante entre sus adherentes, amigos y vecinos.
Una vez caída la dictadura, una de las víctimas, Herminio Ramírez Aquino, presentó una denuncia ante la Fiscalía General del estado, el 14 de noviembre de 1995, contra los principales responsables del armado del “Caso de los 38”, hasta que el 21 de febrero de 1997, a través de A.I. 59, el Juez Hugo R. López instruyó sumario a Alfredo Stroessner, Sabino Augusto Montanaro y otros, por los supuestos delitos contra la vida, la integridad orgánica, las garantías constitucionales, y la administración pública (torturas físicas y psicológicas). Así pasó.
Federico Tatter.
Diciembre de 2014. Asunción, Paraguay.

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