martes, 19 de mayo de 2015

UN PAR DE AVES DE VUELO BAJO

Sin lugar a dudas Francisco “Poncho Pytá” Barreiro Maffiodo y Sabino Augusto Montanaro, fueron un par de predicadores del odio dictatorial.
Describimos al primero. “Poncho Pytá”, subsecretario de relaciones exteriores del stronismo, y redactor de los editoriales del diario partidario “Patria, el 13 de agosto de 1987, envió urgentes instrucciones a su embajador, el representante permanente paraguayo ante la OEA, Marcos Martínez Mendieta, para que se dirija a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y eleve una inusual y disparatada denuncia formal. ¡Es de no creer!
Textualmente ordenó que el estado paraguayo realice formal denuncia porque “…Los directivos del Partido Revolucionario Febrerista y otros grupos políticos de la oposición irregular se proponen realizar un mitin político en el centro de la ciudad hoy jueves 13 de agosto del corriente Stop La jefatura de la Policía de la Capital dispuso que los mitines políticos deben efectuarse en las plazas Italia y/o Carlos Antonio López de manera a evitar tumultos y otras derivaciones en el microcentro de la ciudad Stop Asunción cumple este 15 de agosto 450 años de su fundación Stop”.
Y como el PRF anunció que realizaría un mitin en la Plaza Independencia del centro, ya han dado órdenes a la policía de la Capital para hacer respetar la prohibición, y barrer con "la oposición irregular".
Por tanto, Poncho Pytá ordenó que Marcos Martinez Mendieta hiciera la denuncia ante la CIDH, por escrito y en forma urgente, por una marcha que la policía estaba por reprimir, para acusar a los reprimidos. Un contrasentido absoluto de quienes se sintieron dueños del mundo en el Paraguay.
Describimos al segundo. El resultado de esta acción, para el régimen, desproporcionada y fuera del derecho stronista de “no chistar”, fue finalmente la clausura por tiempo indeterminado del diario El Pueblo, a través de la simple resolución 643, del 28 de agosto de 1987, del Ministerio del Interior y que decía así: “VISTO: El Artículo 72 de la Constitución Nacional que garantiza la libertad de expresión y de información, sin censura previa, con la sola prohibición contenida en el Artículo 71 de la CN que establece en forma categórica que no se permitirá predicar el odio entre los paraguayos, ni la lucha de clases, ni hacer la apología del crimen y de la violencia, así como que nadie podrá proclamar la desobediencia de lo que las leyes disponen … CONSIDERANDO: Que el propósito avieso del periódico El Pueblo tiende a generar el descreimiento de la población en las autoridades nacionales, civiles y militares, a los que permanentemente agrede con un lenguaje desconsiderado … Que es potestad del Poder Público, tomar medidas conducentes a prevenir actos que pudieran genera alarma y desconcierto en la población…”. La resolución llevó la firma de Sabino Augusto Montanaro, todo un predicador del odio dictatorial. Quien cuando escapó de la justicia paraguaya y se refugió en Honduras, se dedicó a fungir de predicador evangélico.

Federico Tatter.
19 de mayo de 2015. Asunción, Paraguay.

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