domingo, 8 de noviembre de 2015

COMO EN CUALQUIER PAIS DEL MUNDO LIBRE


@Fedetatter ‪#‎relatosbreves‬ ‪#‎eranegra‬ ‪#‎paraguay‬
Aclaraciones. Este relato abordará sólo un aspecto del llamado “Caso Caaguazú” iniciado entre el 7 y el 8 de marzo de 1980, porque el mismo es vasto, y aún hoy existe una gran impunidad a 35 años de los hechos y muchos de sus perpetradores siguen siendo perpetradores a la fecha.
No abordaremos la lucha campesina ante el IBR, las maniobras dilatorias y los intentos de jerarcas arrimados al stronismo para quedarse con las tierras de Acaray-mi, los responsables de la tragedia. No abordaremos el tema Costa Rosado, donde milicianos de la ANR con uniforme y parque paramilitar la sitiaron por meses sometiendo a esclavitud a más de 70 niños y niñas. Tampoco escribiremos acerca de la obligación a cadetes de la Academia Militar Mariscal Francisco Solano López para realizar su bautismo de fuego sobre campesinos paraguayos en pleno 1980. Tampoco acerca del ataque comandado por el general “Ayalita” y sus pares, que produjeron más de 300 detenciones, diez ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. Todo ello, y más, precisarán de otros relatos ¿Entonces, de qué parte del caso Caaguazú escribiremos ahora?
Será acerca de parte de la defensa del régimen antes instancias internacionales, como las Naciones Unidas, la Corte IDH, Amnistía Internacional y gobiernos extranjeros, que habían establecido una red de observación mundial puntual sobre el stronismo. En 1980, al montaje de las acciones represivas militares, policiales y milicianas partidarias, considerada como una “caza de peligrosos guerrilleros”, siguió otro montaje judicial a cargo de jueces, fiscales y abogados alineados, para validar la matanza y el despojo.
Sobre esos dos montajes, otros agentes gubernamentales de “pechos fríos”, montaron un esquema de engaño a la comunidad internacional para propalar que se cumplía el debido proceso que en plena dictadura. Vamos a los hechos.
En la represión detuvieron a varios menores de edad, Apolinaria González, de 16 años, embarazada de tres meses, Apolonia Flores Rotela, de tan sólo 12 años, quien fue herida con arma de fuego, Arnaldo Flores, y días después, el 12 de marzo en la ciudad de San Lorenzo, Andrés Centurión Dávalos. El saldo mortal del ataque, fue el asesinato de diez campesinos, hasta hoy considerados como desaparecidos, enterrados en fosas clandestinas. Ellos eran Gumercindo Brítez, Estanislao Sotelo, Mario Ruiz Díaz, Secundino Segovia Brítez, Feliciano Verdún, Reinaldo Gutiérrez, Concepción González, Fulgencio Castillo Uliambre, Federico Gutiérrez y Adolfo César Brítez. Todos habrían sido enterrados en la zona de San Antonio-Mí.
Luego de 20 meses de los hechos, el 10 de noviembre de 1981, el ascendido subsecretario de relaciones exteriores, Francisco “Poncho Pytá” Barreiro Maffiodo, redactó una carta copiada del expediente judicial, dirigida al entonces secretario ejecutivo de la CIDH-OEA, Edmundo Vargas Carreño. Lo hizo en respuesta a la nota requisitoria de la propia CIDH del 29 de setiembre de 1981, acerca del llamado Caso 6812, conocido como “Caso Caaguazú”. Informó que el proceso judicial llevó la carátula de “asalto a mano armada, robo, homicidio frustrado, herida, usurpación de autoridad, tenencia ilegal de arma de fuego en Caaguazú”, sobre 14 campesinos y campesinas, incluidos los cuatro menores de edad, y que a todos, les confirmaron la reclusión en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú. Absolutamente ni una sola palabra sobre investigación fiscal alguna acerca de los 10 campesinos asesinados y desaparecidos por agentes de estado y milicianos paramilitares. Dejà vu Curuguaty.
Textual escribió: “Entiende en estos autos el Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal del Quinto Turno a cargo del Juez doctor José Francisco Appleyard, secretaría número 9, a cargo de María Angélica de Sarubbi y el Agente Fiscal en lo Criminal del Sexto Turno doctor Edgar Stanley”.
Luego, que los detenidos nombraron diversos abogados defensores, la mayoría del Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia, CIPAE (que había sido creado precisamente ante las masivas detenciones arbitrarias). Ellos fueron los abogados Francisco José de Vargas, Digno Brítez Pérez, Heriberto Alegre, Alejandro Ladalardo, Juan Manuel Benítez y Miguel Abdón Saguier.
Siguió informando acerca de los menores detenidos, y que fueron designados varios “tutores apud acta”. Por Andrés Centurión, Arnaldo Flores y Apolinaria González el abogado Francisco José de Vargas; por Apolonia Flores, la madre superiora Sor Venancia Ramírez.
Continuó conque por el un auto interlocutorio del 22 de noviembre de 1980, el juzgado levantó la prisión preventiva a Apolonia Flores (12 años de edad), recién después de ocho meses de prisión. También, que a través de otro auto interlocutorio de fecha 26 de enero de 1981, el mismo juzgado, concedió un incidente de imputabilidad a Apolinaria González (16 años de edad), y por tanto, el levantamiento de la preventiva, sólo después de diez meses de prisión. Más celeridad para el juzgado tuvieron los diez querellantes de los campesinos, quienes tuvieron un sólo abogado. Justamente el relacionado en varios casos al departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital, Diógenes Martínez.
El subsecretario de relaciones exteriores se esforźo al máximo en hacer pasar gato por liebre a diestra y siniestra. Buscó hacer pasar un régimen criminal y represivo, como un estado de derecho, obviamente sin suerte. Repitió el mismo slogan a todas las cartas movilizadas por la comunidad internacional exigiendo respuestas por la detención de tantos menores de edad por tiempo tan prolongado. Sobre la persistencia de la detención de Andrés Centurión Dávalos a casi dos años de los hechos, el bate del diario Patria, respondió en un telegrama del 20 de noviembre de 1981: “El proceso sigue su curso normal como en cualquier país del mundo libre”. Dejà vu recargado.

Federico Tatter.
15 de setiembre de 2015. Asunción, Paraguay.

Foto. Fragmento de un telegrama respondiendo que las detenciones de menores son normales, como en cualquier país del mundo libre. Caso Caaguazú, 1980-1981.
Corrección de estilo y ortografia a cargo de Eugenia de Amoriza. Gracias.

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